Seguro en los últimos días empezaste a escuchar que ciertos servicios digitales, aumentarían los precios de sus servicios en México. Junto a esa información circula el impuesto digital, ¿qué es? ¿en qué consiste? Veamos un poco sobre él.
¿Qué es el impuesto digital?
Se refiere a las reglas administrativas que estableció el SAT (Servicio de Administración Tributaria) para las plataformas digitales, que entran en vigor en 2020.
El Congreso de México, aprobó en diciembre de 2019 modificaciones para la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), en ellas incluye una sección titulada “de los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares”.
Por su parte también se modificó la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en el capítulo que se denomina: “de la prestación de servicios digitales por residentes en el extranjero sin establecimiento en México”, que comprende disposiciones generales y una sección de los servicios digitales de intermediación a terceros.
¿Qué significa esto? Que a partir de estas modificaciones, las plataformas tecnológicas tienen responsabilidades tributarias en cuanto a IVA y en algunos casos al ISR.
¿A partir de cuándo aplica este impuesto digital? Estas nuevas disposiciones para este tipo de empresas inician el 01 de junio de 2020 de acuerdo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Para iniciar con estas modificaciones el SAT realizó un programa piloto, junto con la Secretaría de Hacienda y plataformas de transporte. Algunas de las plataformas que participaron son: Uber, Beat, Sin Delantal y Cabify.
¿Cómo funciona el impuesto digital?
Las plataformas tecnológicas sean en páginas o aplicaciones, deberán pagar impuestos por la prestación de sus servicios en el país.
En el caso del ISR, se establece que están obligados a pagar aquellos contribuyentes, personas físicas con actividades empresariales que vendan bienes o que presten servicios a través de internet. Sea mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas, entre otras.
En cuanto al IVA, se considera para los servicios digitales, aquellos que se ofrecen mediante aplicaciones o contenidos en formato digital a través de internet y otra red.
¿Cuáles servicios tendrán impuesto digital en México?
Una vez que definimos qué es el impuesto digital y cómo funciona, lo que quizá sea de mayor relevancia para los usuarios de este tipo de servicios, sea el cómo le afectarán esas modificaciones.
Algo de lo más común que podría ocurrir es que este tipo de productos suba. Ya que las empresas pueden tomar la decisión de incrementarlos por la cuestión del IVA, por ejemplo si su servicio te costaba $99 pesos al mes, quizá ahora su precio será de $99 pesos más IVA ($114.84 pesos).
Sin embargo no es un hecho que esto ocurra, ya que este tipo de plataformas pueden decidir absorber el nuevo monto o trasladarlo a los usuarios.
Ante esto, ya existen plataformas como lo son Netflix o Playstation, que informaron sobre un aumento en sus precios por este impuesto.
Por ejemplo, Netflix, notificó a sus usuarios que a partir del 07 de junio de 2020, la tarifa incluirá el IVA, por lo que si tu membresía era de $169 pesos mensuales, ahora será de $196 pesos.
En los próximos días es probable que otras empresas se pronuncien al respecto.
Plataformas con impuesto digital
Se contempla que las plataformas tecnológicas que tendrán el impuesto digital son aquellas en las que las personas reciban:
1) La descarga o acceso a imágenes, texto, información, video, audio, música, películas, juegos, que incluyen los juegos de azar, así como otros contenido multimedia, ambientes multijugador. También incluye tonos móviles, visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico, pronósticos metereológicos y estadísticas.
En este apartado entran las plataformas de streaming, como Netflix, Amazon Prime Video, HBO Go, entre otras. De igual manera incluye Spotify, Youtube, Amazon Music y algunas más.
En esta clasificación no aplica la descarga o acceso a libros, periódicos y revistas electrónicas.
2) Los de intermediación entre terceros que sean oferentes de bienes o servicio y los demandantes de los mismos.
En este caso se contemplan las plataforma de transporte que utilizamos, las aplicaciones que te ayudan con envíos de comida o productos. No se consideran aquellos servicios de intermediación que tienen por objeto la compra-venta de bienes muebles usados.
3) Clubes en línea y páginas de citas.
4) La enseñanza a distancia o de test o ejercicios.
Seguro si eres un cliente recurrente de este tipo de plataformas, deberás estar muy al pendiente de si su costo aumentará a partir de las modificaciones que se dieron a conocer.
Recuerda, este es un texto informativo que contiene sugerencias. En Kueski no nos hacemos responsables por los resultados obtenidos al utilizar los productos/servicios aquí mencionados.
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